El 7 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, en la que se fijan los salarios mínimos que estarán vigentes en el año 2023.
En su resolutivo Primero, El Consejo estableció dos zonas Geográficas:
- El área geográfica de la “Zona Libre de la Frontera Norte”, integrada por los municipios Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate, Tijuana, San Quintín y San Felipe, en el Estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el Estado de Sonora; Janos,, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el Estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el Estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el Estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz-Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el Estado de Tamaulipas.
- El área geográfica del “Resto del País”, integrada por el resto de los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México que no están listadas en el punto anterior.
En el Segundo resolutivo se señala que para efectos de la fijación de los salarios mínimos se integran tres componentes:
- primero el monto del salario mínimo vigente a partir del 1º de enero del 2022,
- segundo, un Monto Independiente de Recuperación (MIR), que se suma al monto de salario anterior vigente, y
- tercero un factor de aumento por fijación igual a 10% que se aplica a la suma del salario vigente anterior y al MIR.
En el Tercer resolutivo se establece que los salarios mínimos generales vigentes a partir del 1º de enero del 2023 se incrementarán en un 20% en las dos Zonas Geográficas:
Zona Libre de la Frontera Norte será de 312.41 pesos diarios por jornada diaria, cuyo monto se integra de 23.67 pesos por MIR más un aumento por fijación del 10%.
Para el resto del país el salario mínimo será de 207.44 pesos diarios por jornada diaria, cuyo monto se integra de 15.72 pesos por MIR más 10% de aumento por fijación.
En el resolutivo Cuarto se establece que los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2023 para los oficios y profesiones serán, por jornada diaria de trabajo:
- Los que estaban vigentes en el 2022 más un incremento del 20% en ambas áreas geográficas.
En el resolutivo Quinto se definen y describen los oficios y trabajos especiales, y en el Sexto se enlistan los 61 oficios y profesiones que recibirán el salario mínimo profesional.
En nuestra firma estamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración con respecto a los salarios mínimos que estarán vigentes a partir del 1º de enero del año 2023




