Expertos observan trato discriminatorio y poca claridad en el tiempo para aplicar reforma de outsourcing

Nota publicada el 14 de junio en El Economista, sección Empresas por María del Pilar Martínez.
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Óscar de la Vega, socio fundador de De la Vega & Martínez Rojas, explicó que las empresas buscan ampararse ante un trato “discriminatorio”, al dar tres meses a los particulares para realizar los cambios en las relaciones laborales, mientras que las entidades de gobierno contarán con un año.

La búsqueda de un amparo para la aplicación de la reforma en materia de subcontratación no es per sé a la prohibición que marca el Artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo, sino a tres hechos que detectaron las organizaciones a la hora de avanzar en la aplicación de las nuevas reglas.

En ese sentido, las empresas buscan ampararse ante un trato discriminatorio -al dar tres meses a los particulares y un año a las entidades de gobierno- para realizar los cambios en las relaciones laborales y absorber las plantillas al cien por ciento como patrón.

En segundo término a la retroactividad; sobre todo porque las empresas ya tenían ciertos contratos que habían celebrado y se alega que la publicación de este reforma no puede invalidar otros actos.

Y un tercer aspecto, está relacionado con la poca claridad que existe en el tiempo que pueden aplicar los cambios, una vez que las empresas que ofrecen servicios especializados se registran, pues se desconocen los criterios que tomarán en las nuevas inspecciones, coinciden especialistas.

“Es claro que la reforma en materia de subcontratación es buena, trata de eliminar el cáncer que se provocó con el mal uso de esta figura, las empresas ya han dejado de utilizar insourcing; pero el problema está en la aplicación y si ya se otorgó la primera suspensión provisional, no descartamos que vengan en cascada y de manera muy rápida las siguientes”, dijo Óscar de la Vega, socio fundador de De la Vega & Martínez Rojas.

De la Vega detalló que el 23 de abril fue cuando realmente las empresas conocieron el contenido, 3 meses es un periodo sumamente reducido “y digo discriminatorio porque al sector gobierno le dieron un año para que las dependencias del gobierno se ajusten al cumplimiento de esta nueva normatividad. Ese es un primer concepto de violacion que se está manejando, el tema del trato discriminatorio”.

Cabe señalar que le fue otorgado a Mary Kay una suspensión provisional, lo que le permite mantener la subcontratación laboral tal y como estaba hasta antes de la reforma en la materia.

Poca claridad en la reglamentación da pauta a la solicitud de amparos

El tema toral, refirió, está en que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) ha sido poco clara en establecer el alcance de la reforma; es una reforma laboral, debería de circunscribirse única y exclusivamente a la subcontratación laboral y ahí es donde está la dificultad en la interpretación, ya que artículo 12 que prohíbe y cuando emite el reglamento lo permite de nueva cuenta.

A lo anterior, se suma la dificultad para registrarse en la plataforma, comentó Germán de la Garza de Vecchi, socio líder de servicios laborales en Deloitte, “si bien las empresas consideraban que el proceso sería más sencillo; ha resultado complejo por la cantidad de datos que se deben proporcionar, aunado a que en casos de que sean empresas de reciente creación, simplemente no pueden avanzar en la plataforma”.

Además de que en la reglamentación que emitió la autoridad el 24 de mayo, cuando establece las bases para que las empresas se registren como prestadores de obras o servicios especializados, “en el artículo primero establece que tiene por objeto establecer las disposiciones de carácter general, para el registro de personas físicas o morales que cuenten con servicios especializados o realicen obras especializadas, pero agrega, y que para ello proporcionen o pongan a disposición trabajadores propios en beneficio de otra para ejecutar servicios especializados o realizar obras especializadas, entonces se prohíbe o no”, añadió De la Vega.