Implicaciones de la primera denuncia laboral en el marco del T-MEC

Nota publicada el 10 de mayo en El Sol de México, sección Finanzas por Bertha Becerra.
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México podría enfrentar la suspensión de preferencias arancelarias, sanciones sobre los productos y servicios y el bloqueo a la importación de los bienes.

Las sanciones que puede imponer un panel arbitral, en la primera denuncia laboral contra México bajo el nuevo tratado comercial T-MEC, de existir una violación a los derechos laborales, son la suspensión de preferencias arancelarias derivadas de dicho acuerdo trinacional; imposición de sanciones sobre los productos y servicios y el bloqueo a la importación de los bienes producidos en el centro de trabajo.

Así lo manifestó el abogado especialista en Derecho Laboral, Héctor de la Cruz, quien detalló las fases y criterios que implicaría al país esta primera denuncia laboral en el marco del tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), de existir una violación a los derechos laborales.

La central obrera más grande de Estados Unidos, la Federación Estadounidense del Trabajo y Congreso de Organizaciones Industriales (AFL-CIO), anunció que presentará la primera denuncia laboral contra México bajo el nuevo tratado comercial T-MEC ante la Oficina de Comercio y Asuntos Laborales de Estados Unidos en Washington.

La petición de la AFL-CIO establece que a los trabajadores de una planta de autopartes en Matamoros, Tamaulipas, se les negó representación sindical independiente en violación del tratado.

“En esta fase, la autoridad estadounidense tendrá un plazo de 30 días a partir de la recepción de la queja para determinar sí la denuncia contiene los criterios mínimos que presupongan la existencia de una denegación de derechos en el centro de trabajo, en este caso, la planta de autopartes Tridonex”.

Explica: “Si la queja es admisible, se presentará formalmente al gobierno de México, una solicitud para revisar el caso”.

A partir de la recepción de la solicitud de revisión, México tendrá 45 días para dar una respuesta, en la que determine si existe o no una denegación de derechos y, en su caso, proponer un plan de reparación.

En caso de existir una violación a los derechos laborales y si las partes no llegan a ningún acuerdo sobre el plan de reparación, Estados Unidos podrá solicitar la integración de un panel que determine sí existe o no una denegación de derechos.

Detalla que: “Una vez conformado el panel, tendrá 30 días para tomar una determinación, contados a partir de su constitución o de haber realizado la verificación de condiciones en el centro de trabajo”.

Señaló el experto del despacho De la Vega & Martínez Rojas, que las sanciones que puede imponer el panel arbitral son:

  1. Suspensión de preferencias arancelarias derivadas del T-MEC.
  2. Imposición de sanciones sobre los productos o servicios.
  3. Bloqueo a la importación de los bienes producidos en el centro de trabajo.