La baja tendencia de legitimaciones llevará a la autoridad a declarar nulos 8 de cada 10 contratos colectivos

Nota publicada el 8 de julio en El Economista, sección Empresas por María del Pilar Martínez.
Lea la nota en su fuente original

La baja tendencia de legitimación de contratos colectivos de trabajo llevará al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) a declarar nulos 80% de los contratos en el país, dijo Ricardo Martínez Rojas, socio director de la firma De la Vega & Martínez Rojas.

La baja tendencia de legitimación de contratos colectivos de trabajo llevará al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) a declarar nulos 80% de los contratos en el país, dijo Ricardo Martínez Rojas, socio director de la firma De la Vega & Martínez Rojas, tras analizar los últimos datos que revelan que se han alcanzado 5,066 legitimaciones al primero de julio de 2022.

Explicó que “la obligación de legitimar el contrato colectivo de trabajo corresponde al sindicato titular del mismo, sin la intervención del patrón, siendo el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, la autoridad responsable encargada de verificar el proceso de legitimación de los contratos colectivos de trabajo”.

De seguir esta tendencia, para el año próximo se habrán declarado nulos cerca del 80% de los contratos colectivos, lo cual implicará un cambio radical en las relaciones laborales de muchas empresas, con posibles riesgos de emplazamientos a huelga para la celebración de nuevos contratos colectivos, con otros sindicatos.

En los próximos 10 meses, con la ayuda de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, el CFCRL tendrá la capacidad para legitimar otros 15,000 contratos en este ejercicio, pero “hay que considerar la saturación derivada de la falta de fechas, debido a el número reducido de verificadores existentes, aun cuando se puede utilizar notarios públicos y la autoevaluación”.

Destacó que de conformidad con los compromisos adquiridos por el gobierno mexicano en la firma del Tratado de Libre Comercio México, Estados Unidos y Canadá, (T-MEC), en el Anexo 23-A se estableció, “que todos contratos colectivos de trabajo existentes en México, deberán ser revisado y aprobados por la mayoría de los trabajadores cubiertos por éstos, a través del voto personal, libre y secreto, dentro del término de cuatro años contados a partir de la entrada en vigor de la reforma a la Ley Federal del Trabajo; los contratos que no sean revisado y ratificados por la mayoría de los trabajadores dentro de este término, serán declarados nulos.

En tanto, el Decreto de Reformas a la Ley Federal del Trabajo fue publicado el 1o de mayo de 2019, y entró en vigor el 2 de mayo del mismo año, en su artículo Décimo Primero recogió el compromiso contenido en el T-MEC en relación a la legitimación de los contratos colectivos de trabajo, por lo que estos, deberán ser legitimados a más tardar el 1o de mayo de 2023, bajo pena de ser declarados nulos.