Sindicatos pueden ampararse ante un pago “erróneo” de utilidades

Nota publicada el 31 de marzo en El Economista, sección Empresas por María del Pilar Martínez.
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Sindicatos han externado que, en caso de que no les sean cubiertos los pagos de utilidades como lo indica la ley, siempre favoreciendo al trabajador, buscarán ampararse.

Así lo alertó a representantes de recursos humanos el especialista laboral Ricardo Martinez Rojas, al presentar el webinar “PTU y subcontratación” en la AMEDIRH, en donde detalló que las empresas tienen poco tiempo para realizar los cálculos adecuados para, de manera eventual, cumplir con esta obligación.

En la presentación abordó las dificultades a las que se están enfrentando las organizaciones, como es el caso de nuevas empresas, ya que no tienen forma de calcular los promedios bajo los cuales se deba sacar el monto a pagar a los trabajadores, y que la ley destaca que deben ser tres meses.

Recordó que la reforma en materia de subcontratación estableció un límite para el pago de PTU -Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa-, esto es: 3 meses de salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; considerando que se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

Asimismo, abordó la manera en la que las empresas deben considerar el pago a la gente de confianza, así como a los puestos gerenciales y administrativos, y los casos, que los hubo mucho en 2021, de sustitución patronal.

“La PTU es una obligación laboral, no es un deber que venga de la materia fiscal. El primer año empieza a correr cuando se contrata el primer trabajador, pero siendo exentos de pagar utilidades ese primer año. Pero ahora el manual menciona que se paga una vez que se está registrado en el SAT, a pesar de que no es una obligación fiscal, por ello hay que tener mucho cuidado”, expuso.

Recomendó revisar los cálculos que permitan a la empresa determinar qué es lo más conveniente, topar el pago en 3 meses, o pagar un monto más elevado, “Si el 10% de utilidades es equivalente a 1 millón de pesos, pero los tres meses de salario de los trabajadores es 500,000 pesos, es decir, es menor, esos 500,000 pesos son de la empresa”, sostuvo.

Cabe resaltar que el pago de utilidades se debe realizar en los meses de mayo y hasta el último día de agosto, “la Secretaría de Trabajo estará muy atenta a que haya cumplimiento, de lo contrario habrá inspecciones para detectar a las empresas que no cumplieron con esta obligación”, indicó.