IP señala disparidad en la aplicación de reforma a la subcontratación

Nota publicada el 13 de junio en El Sol de México, sección Finanzas por Bertha Becerra.
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Según el decreto publicado en el DOF, la empresas que subcontraten tienen hasta agosto de este año para acatar la nueva reforma; sin embargo, el Estado tiene como plazo el 2022.

Por el trato diferente ante la ley de los particulares y el gobierno federal, muchas empresas acuden al amparo en contra del decreto que se publicó el 23 de abril de este año, con el que se reformó la Ley Federal del Trabajo y otras leyes en materia de subcontratación.

Los argumentos son distintos, pero es obvio que en un tema coinciden: “un trato diferente ante los ojos de la ley”, afirmó el abogado experto en Derecho Laboral, Héctor de la Cruz, del despacho De la Vega & Martínez Rojas.

Detalla: “Para la iniciativa privada, la subcontratación se declaró como una actividad ilegal a partir del 24 de abril pasado. Desde ese momento, las empresas, desde micro hasta grandes, implementan su reestructuración para cumplir con la ley”.

Sin embargo, el gobierno federal se otorgó a sí mismo hasta el año 2022 para cumplir con esta ley, aunque es por todos conocido el alto nivel de subcontratación que existe en las distintas dependencias.

“Es decir, a los particulares todo el peso de la ley, pero en sus dependencias, el gobierno extiende el plazo y lo que resta del año podrá mantener el outsourcing o subcontratación con toda libertad”.

Afirma el experto laboralista: “Esto resulta un trato desigual frente a la ley, un trato discriminatorio y, por lo tanto, debe estudiarse en los amparos promovidos, toda vez que el gobierno no puede crear una ley para el particular y hacer excepciones para sí mismo”.

Además, puntualiza, ”la ley es poco clara para las empresas ya que el nuevo artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo prohíbe la subcontratación de personal, entendiendo como tal cuando una empresa proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de un tercero”.

Pero el artículo primero del acuerdo para el registro de empresas de subcontratación señala que deberán registrarse las empresas que proporcionen o pongan a disposición personal propio en beneficio de otra.

“Esto es contradictorio porque la actividad prohibida debe registrarse para ser lícita”.

Refirió a EL SOL DE MEXICO que las empresas privadas a toda celeridad, para cumplir con la ley, pasan personal del outsourcing a la empresa operativa y realizan el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

También modifican los objetos sociales, facturación de servicios, altas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), nóminas, pago de cuotas, entre otras.

“Todo esto se hace a marchas forzadas, porque el 1º de agosto próximo, las empresas que no hayan cumplido perderán la posibilidad de acreditar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o deducir el Impuesto Sobre la Renta (ISR), por los servicios especializados que presten o reciban”.

El gran riesgo, la informalidad

Por separado, el director de Relaciones Institucionales de ManpowerGroup, Héctor Márquez Pitol, en entrevista con OEM, advirtió del riesgo de que al prohibir la subcontratación, “la tendencia en el país es que la gente se va hacia la informalidad”.

O se le contrate como trabajador independiente, con pago por honorarios o por derecho de autor o por alguna forma que no lleve seguridad social, que incrementa los costos entre 25 a 30%, dijo el ejecutivo.

Refirió: “Estamos ahora en el período transitorio. Si bien quedó prohibida la subcontratación, ahora se permite la subcontratación de servicios especializados. Se dieron 3 meses: de mayo a julio, para que los contratos en funciones se atiendan y se cambien”.

Expresó que en ManpowerGroup esperamos que los tiempos sean suficientes. Todos los que trabajamos en las empresas formales vamos a cumplir con las nuevas disposiciones, pero los contratos costarán 25% más caros, porque hay que dar reparto de utilidades y tres meses de sueldo.