Aprueba Senado en lo general reforma que regula la subcontratación

Nota publicada el 21 de abril en El Economista, sección Empresas por María del Pilar Martínez.
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Con 110 votos a favor, uno en contra y una abstención, legisladores avalaron el decreto de reforma que sólo permite el outsourcing en actividades especializadas.

El Senado de la República avaló por mayoría -110 a favor, 1 en contra y 1 abstención- el decreto de reforma en materia de subcontratación, cuyo eje central es regular su uso y sólo permitirlo en las actividades especializadas; por lo que más de 4 millones de trabajadores que están contratados bajo este esquema, deberán ser regularizados una vez que la promulgue el Ejecutivo Federal.

En un rápido proceso legislativo, de dos días, los senadores avalaron en su totalidad el contenido del decreto que envió la Cámara de Diputados la semana pasada, bajo el argumento de que compartían las valoraciones que realizaron los diputados de las 26 iniciativas que tuvieron a su cargo y atendía los principales aspectos que pretenden eliminar las prácticas abusivas o simuladas en perjuicio de los derechos de los trabajadores.

Luego de la votación, el presidente de la Comisión de Trabajo del Senado, Napoleón Gómez Urrutia, comentó “hoy hacemos un cambio radical, probablemente es la reforma más importante de este gobierno hasta este momento en materia laboral”. Añadió que “estamos abriendo una nueva página en el mundo laboral, porque avanzamos con firmeza en la defensa de los derechos laborales y de la justicia social”.

Al respecto, la senadora Patricia Mercado, destacó que “finalmente después de estos dos años, yo decía en la comisión de una perseverancia por parte de quienes integramos la Comisión de Trabajo y las demás Comisiones involucradas, en este dictamen finalmente lo que hoy votamos es producto de un acuerdo, y eso hay que celebrarlo”.

El contenido da 90 días para ajustes

La senadora Ana Lilia Rivera presentó los cambios centrales de la reforma: plantea prohibir la subcontratación de personal: permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos y siempre que el contratista esté registrado en un Padrón Nacional de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Asimismo, destacó, que las empresas de subcontratación que busquen el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social; que quienes realicen y presten servicios de subcontratación de manera irregular sean sancionados con severidad tanto en el ámbito administrativo como en el penal.

Al respecto, Mónica Flores, ex presidente de AmCham, comentó que los efectos de la reforma los veremos con el tiempo, y sólo así se podrá demostrar que la flexibilidad es indispensable para sostener una economía dinámica y en recuperación con más empleos en la formalidad”.

Héctor de la Cruz, especialistas de D&M Abogados, comentó que “los trabajadores podrán exigir que su relación laboral sea reconocida por el patrón real y que éste se haga cargo del pago de su salario, prestaciones, inscripción al IMSS, entre otras obligaciones, toda vez que la fuerza laboral no puede ser la materia de ningún contrato”.