Estrategia para el retorno de actividades

En el Diario Oficial de la Federación del día 14 de mayo del presente año, fue publicado un Acuerdo del Secretario de Salud que tiene por objeto establecer la estrategia de reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas en el país y establecer un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como establecer acciones extraordinarias.

El Acuerdo consiste en la reapertura de actividades en forma gradual considerando tres etapas.

Etapa 1. Esta inicia el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios que no hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19.

Etapa 2. Esta abarca del 18 al 31 de mayo del 2020, y consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general, entendiéndose con ello para todas las actividades, para su eventual reapertura que son:

  • Elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades.
  • Capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral,
  • Readecuación de espacios y procesos productivos, y
  • Establecimiento de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral.

Etapa 3. Esta inicia el 1 de junio del 2020, fecha en la que podrán irse reiniciando actividades sociales, educativas y económicas, de conformidad con la aplicación del sistema de semáforo.

Por lo que hace a las acciones extraordinarias, el Acuerdo incorpora como actividades esenciales, a las correspondientes a la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte, los cuales podrían iniciar actividades el 1 de junio.

Por lo que hace éstas últimas, el 15 de mayo se volvió a publicar en el Diario Oficial de. La Federación medidas específicas para su reinicio, considerando que:

  • El período de preparación descrito en la Etapa 2, se inicia el 18 de mayo del 2020, para lo cual estas empresas consideradas como esenciales, deberán presentar protocolos de seguridad sanitaria acordes con los lineamientos generales que dispongan las secretarías de Salud, Economía y del Trabajo y Previsión Social.
  • La presentación, aplicación y aprobación de los protocolos, podrá darse al mismo tiempo que se lleven a cabo las medidas de preparación para la entrada en operación de las empresas.
  • El plazo comprendido del 18 de mayo al 1 de junio de 2020 es el tiempo durante el cuál se llevará a cabo el proceso de establecer los protocolos y mecanismos de seguridad sanitaria de acuerdo con los lineamientos de las secretarias de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social.
  • Un dato muy importante es que, si se logra concluir el proceso y este se aprueba antes del 1 de junio, la empresa o industria podrá dar inicio a sus operaciones antes del 1 de junio.
  • En el caso de las industrias automotriz y de autopartes dedicadas a la exportación, además de lo antes señalado, deberán aplicar los protocolos que se requieran en los países de su origen.

COMENTARIO. Habrá que estar muy atentos a para dar seguimiento a la emisión de dichos lineamientos generales, pero la sugerencia es que desde ahora todas las empresas empiecen a elaborar sus protocolos de seguridad, y establecer sus planes de capacitación, adecuación de sus locales y los filtros para el ingreso de los trabajadores, desde ahora, a fin de estar listos en el momento en que, de conformidad con el semáforo de riesgo ya puedan reiniciar sus labores.

Les estamos anexando los Diarios Oficiales del 14 y 15 de mayo del 2020, así como las presentaciones del Gobierno Federal en que se encuentra el semáforo de riesgos, y la Lista de Comprobación Ante el COVID-19 Retorno al Trabajo, elaborada por el Instituto Mexicano del Seguro Social .


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